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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVI, Tercera Parte; Pág. 11
INSTITUCIONES DE CREDITO. PAGO DE DERECHOS POR INSCRIPCION DE CREDITOS HIPOTECARIOS, REFACCIONARIOS Y DE HABILITACION Y AVIO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVI, Tercera Parte; Pág. 11
El artículo 157 de la Ley General de Instituciones de Crédito dice en lo conducente: "Las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito estarán sujetas al pago de todos los derechos que correspondan por la prestación de servicios de la Federación, de los Estados y los Municipios, en las mismas condiciones en que deban pagarlos los demás causantes". Luego, no es verdad que dicho precepto simplemente prevenga que las repetidas instituciones no están exentas del pago de "derechos", sino que, además, estatuye que los pagarán en las mismas condiciones que "los demás causantes" y no en otras mas onerosas. Por otra parte, según el texto del artículo 157 de la Ley de Instituciones de Crédito, la fracción XVII del artículo 694 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, sólo puede tener aplicación si la liquidación que se haga conforme a la fracción XV, excede sobre el 0.25% el importe de la operación suscrita.
Precedentes
Revisión fiscal 58/62. Esteban González Padilla. 3 de diciembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen LXIV, página 46. Revisión fiscal 48/62. Compañía Harinera de México, S. A. 15 de octubre de 1962. Cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen XLVIII, página 39. Revisión fiscal 449/60. Banco de Comercio, S. A. 23 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen XLVIII, página 39. Revisión fiscal 234/60. Banco de Comercio, S. A. 9 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Volumen XXXVII, página 87. Revisión fiscal 485/59. Banco de Comercio, S. A. 28 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Nota:
En el Volumen XLVIII, página 39, esta tesis aparece bajo el rubro "INSTITUCIONES DE CREDITO. REGIMEN TRIBUTARIO.".
En el Volumen XXXVII, página 87, esta tesis aparece bajo el rubro "INSTITUCIONES DE CREDITO. PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS.".