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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266684
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Tercera Parte; Pág. 25

RECONSIDERACION, AMPARO EN CASO DE NO PREVISION DEL RECURSO DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Tercera Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo en revisión 351/59. Agustín Anguiano Camacho y coagraviados. 16 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XLVII, página 58. Amparo en revisión 7732/60. Joaquín Fonseca Garza y coagraviado (acumulados). 3 de mayo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: En el Volumen XLVII, página 58, esta tesis aparece bajo el rubro "RECONSIDERACION. CUANDO INTERRUMPE EL TERMINO PARA INTERPONER AMPARO.".
Registro digital (IUS): 266684