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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266686
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Tercera Parte; Pág. 26

RECONSIDERACION, TERMINO PARA INTERPONER AMPARO, CUANDO NO EXISTE EL RECURSO DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Tercera Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo en revisión 351/59. Agustín Anguiano Camacho y coagraviados. 16 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Registro digital (IUS): 266686