Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/266687
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Tercera Parte; Pág. 28
SEGURO, CONTRATO DE. EXAMENES MEDICOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Tercera Parte; Pág. 28
No es cierto que el artículo 50 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, suprima la sanción de rescisión de pleno derecho, pues basta leerlo, para que sin mayor esfuerzo, se advierta que únicamente se limita a precisar, a través de sus fracciones II y III, los casos en que, a pesar de que se hayan omitido o declarado inexactamente los hechos, la empresa aseguradora podrá rescindir de pleno derecho los contratos. Ahora bien, como las dos fracciones del precitado artículo 50, no señalan ni limitan las fuentes de conocimiento a través de las cuales la empresa aseguradora conoce o debe conocer los hechos omitidos o inexactamente declarados, resulta obligado concluir que, el examen médico puede ser un medio para que la empresa aseguradora conozca o deba conocer tales hechos; pero de ninguna manera puede aceptarse que a través de dicho examen, la empresa aseguradora, necesariamente debe conocer o conoce los hechos omitidos o inexactamente declarados; pues con tal criterio, no solo se limitaría el alcance de las dos fracciones del precitado artículo 50, sino que se obligaría a la aseguradora a depender fatalmente de la solvencia científica y moral de los médicos encargados de practicar el examen.
Precedentes
Amparo en revisión 446/62. Ma. Cristina Jayo Ceniceros y coagraviados. 8 de noviembre de 1962. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XI, Tercera Parte, página 45, tesis de rubro "SEGURO, CONTRATO DE (EXAMENES MEDICOS).".