Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/266690
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266690
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 9

AGRARIO, FACULTADES DE LOS DELEGADOS DEL DEPARTAMENTO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo en revisión 2555/62. Narciso Salas Vargas. 10 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XIX, página 25. Amparo en revisión 5320/58. Núcleo de Población del Ejido General "Mariano Escobedo", del Municipio de Santa Mina del Oro, Durango. 12 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen XIX, página 25, esta tesis aparece bajo el rubro "DEPARTAMENTO AGRARIO, FACULTADES DE LOS DELEGADOS.".
Registro digital (IUS): 266690