Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/266707
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 57
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, INTERPRETACION DEL ESTATUTO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 57
El Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, por ser una ley secundaria, debe respetar absolutamente las garantías establecidas en la Carta Magna del país, por lo que la interpretación de alguno de sus preceptos es legal únicamente cuando se hace a la luz de la Constitución.
Precedentes
Amparo en revisión 1149/62. Leovigildo Miranda Torres. 17 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.