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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Tercera Parte; Pág. 9
AGRARIO, CAUSAS DE PRIVACION DE DERECHOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Tercera Parte; Pág. 9
Aun en los casos previstos por el Código Agrario como causas de privación de derechos, en indispensable el previo juicio seguido por el Departamento Agrario en el que se sigan las formalidades esenciales del procedimiento, y para demostrarse que se cumplieron tales extremos, no basta con la afirmación que se haga en la resolución presidencial, sino que es preciso presentar copias certificadas de las constancias respectivas que demuestren el cumplimiento de los trámites.
Precedentes
Amparo en revisión 6175/61. María del Carmen Mora viuda de Blas Angel. 29 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.