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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266739
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Tercera Parte; Pág. 10
AGRARIO. LOS PLANOS PROYECTOS NO SIEMPRE SON INTEGRANTES DE LAS RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Tercera Parte; Pág. 10
Aunque es verdad que de acuerdo con el artículo 252 del Código Agrario, el plano proyecto aprobado forma parte del fallo presidencial y no puede ser modificado sino a virtud de expropiación, tampoco puede pasarse por alto que ello es cierto en cuanto que el plano proyecto aprobado se apegue a la correspondiente resolución presidencial, que es la que sirve de base a ese plano y no éste a la propia resolución.
Precedentes
Amparo en revisión 4017/61. J. Jesús García García. 29 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.