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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Tercera Parte; Pág. 44
POSESION PROTEGIDA POR LAS GARANTIAS INDIVIDUALES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Tercera Parte; Pág. 44
La posesión protegida por los artículos 14 y 16 constitucionales, es la de hecho, es decir, la tenencia material que se tenga sobre el bien de que se trate, independientemente del derecho y de la capacidad para poseer, cuestiones que deben ser dilucidadas en juicio del orden común.
Precedentes
Amparo en revisión 1314/62. Everardo Pérez Prieto. 20 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.