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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Tercera Parte; Pág. 62
FIANZAS, REQUERIMIENTO Y EFECTIVIDAD.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Tercera Parte; Pág. 62
El acuerdo que manda hacer efectiva una fianza no es sino la consecuencia del requerimiento que se hace a una compañía de fianzas para que presente a su fiado, según se desprende del artículo 573 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo en revisión 297/62. Afianzadora Mexicana, S. A. 4 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.