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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Tercera Parte; Pág. 116
REGLAMENTO DE MERCADOS, RECURSOS EN EL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Tercera Parte; Pág. 116
El reglamento de mercados no establece que se suspendan los efectos o la ejecución del acto por la interposición del recurso, ni menos aún previene que la suspensión se concederá con iguales o menores requisitos que los exigidos para suspender el acto reclamado en el juicio constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión 9153/61. Jesús Jiménez Campos. 4 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.