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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Tercera Parte; Pág. 66
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, GASTOS POR CONCEPTO DE ORGANIZACION DE EMPRESA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Tercera Parte; Pág. 66
Cuando en la propia manifestación del causante se acepta que los gastos que deduce para el pago del impuesto referido, fueron erogados por concepto de "honorarios en organización de la fábrica", y ante la autoridad administrativa no rinde prueba adecuada alguna para desvirtuar ese concepto, debe afirmarse que dichos gastos no son deducibles para el pago del impuesto, de acuerdo con lo prevenido por el artículo 87, fracción I, del reglamento de la ley de la materia.
Precedentes
Revisión fiscal 483/61. Zavala Hermanos, S. A. 18 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.