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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266905
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Tercera Parte; Pág. 151

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, COMPETENCIA DEL, PARA CONOCER RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS, DICTADAS EN CUMPLIMIENTO DE UN FALLO ANTERIOR DEL PROPIO TRIBUNAL, QUE DECLARO LA NULIDAD DE UN ACTO PARA EFECTOS PROCESALES.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Tercera Parte; Pág. 151

Precedentes

Amparo en revisión 171/62. Artesanías Regionales, S. A. 18 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 266905