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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266937
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Tercera Parte; Pág. 218

OMISION EN EL PAGO DE IMPUESTOS, MULTAS POR.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Tercera Parte; Pág. 218

Precedentes

Volumen VII, página 72. Revisión fiscal 30/57. Laboratorios Azteca, S. A. 15 de enero de 1955. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XV, página 60 Amparo en revisión 1019/58. Ricardo Palazuelos Reynoso. 3 de septiembre de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XV, página 60 Revisión fiscal 150/58. Mosaicos y Granito, S. A. 29 de septiembre de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XV, página 60 Revisión fiscal 3450/58. Armando Pérez Grovas. 29 de septiembre de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LVIII, página 114 Amparo en revisión 5374/61. Productos Pons, S. A. 7 de marzo de 1962. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 266937