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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Tercera Parte; Pág. 76
TRIBUNAL FISCAL, PLAZO PARA EJECUTAR SUS SENTENCIAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Tercera Parte; Pág. 76
Las sentencias del Tribunal Fiscal deben ejecutarse dentro de un plazo breve, sin demorar el cumplimiento mas allá del tiempo razonablemente necesario para el efecto.
Precedentes
Amparo en revisión 7040/61. María Zapata viuda de Treviño. 4 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XXXVI, página 65. Amparo en revisión 1115/60. Petróleos Mexicanos. 29 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.