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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 22
COMISARIADOS EJIDALES, CARACTER DE LOS PRESIDENTES DE LOS, PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 22
Por aplicación extensiva de la tesis jurisprudencial que definió que los Comisariados Ejidales para los efectos del amparo, no tienen el carácter de autoridades, se establece que los funcionarios agrarios que los presiden, tampoco tienen dicho carácter.
Precedentes
Amparo en revisión 6164/60. Ofelia Gómez viuda de Leonel. 25 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.