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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 266986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 29
EXENCION DE IMPUESTOS, DECRETOS DEL EJECUTIVO EN MATERIA DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 29
Una cosa es la facultad del Departamento del Distrito Federal para conceder exenciones con base en el título XXX de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, y otra los acuerdos del Ejecutivo Federal por virtud de los cuales establece exenciones para las personas físicas o morales que hicieron adquisiciones de terrenos en determinada zona industrial, sin que valga la consideración en el sentido de que no existe más fundamento legal en materia de exención de impuestos que dicho título, toda vez que precisamente la legalidad de la exención parte de decretos expedidos por el Ejecutivo Federal.
Precedentes
Revisión fiscal 118/56. Litolamina, S. A. 12 de abril de 1962. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Revisión fiscal 33/56. Litolamina, S. A. 12 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.