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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266988
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Tercera Parte; Pág. 17

FIANZAS, FACULTADES DEL TRIBUNAL FISCAL.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 4732/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 11 de mayo de 1962. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 7045/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 4 de mayo de 1962. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 4675/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 4 de mayo de 1962. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 4496/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 4 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Amparo en revisión 3349/61. Fianzas Modelo, S. A. 4 de mayo de 1962. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen LVIII, página 45. Amparo en revisión 8212/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 6 de abril de 1961. Cinco votos. Ponente José Rivera Pérez Campos. Volumen LVII, página 72. Amparo en revisión 7043/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 23 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LVII, página 72. Amparo en revisión 2318/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 9 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LVII, página 72. Amparo en revisión 5398/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 7 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LVII, página 72. Amparo en revisión. 2991/61. Fianzas Modelo, S. A. 7 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Nota: En el Volumen LVIII, página 45, esta tesis aparece bajo el rubro: "FIANZAS, REQUERIMIENTO FISCAL. EL TRIBUNAL FISCAL CARECE DE FACULTADES PARA EXAMINAR LAS ACTUACIONES DEL PROCESO PENAL.".
Registro digital (IUS): 266988