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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
266995
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 65

MULTAS EN MATERIA FORESTAL, EL TRIBUNAL FISCAL CARECE DE COMPETENCIA PARA CONOCER EN CASO DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 65

Precedentes

Amparo en revisión 7711/61. Armando Yerena Alvarez. 23 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XVI, página 63 Amparo en revisión 1871/58. Muebles Finos Ademar, S. A. 10 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen XVI, página 63, esta tesis aparece bajo el rubro "MATERIA FISCAL. CREDITOS Y MULTAS.".
Registro digital (IUS): 266995