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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 31
CANCELACION Y REVALIDACION DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO (INCUMPLIMIENTO DE LAS EJECUTORIAS DE LA SUPREMA CORTE).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 31
Otorgado con anterioridad al quejoso el amparo para que la responsable acuerde lo que estime pertinente en relación con la solicitud de que queden sin efecto la cancelación y revocación combatidos, el hecho de que, desobedeciendo la ejecutoria respectiva, la responsable haya desechado la revalidación únicamente, sin acordar lo procedente en relación con la cancelación, obliga a considerar que el agraviado debió solicitar el incumplimiento de la ejecutoria, pues, por subsistir la mencionada cancelación, no se puede otorgar la revalidación de la licencia, de suerte que la responsable estuvo en lo justo al dictar el nuevo acto reclamado, y por ello, debe estimarse que la resolución combatida no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 6119/61. Enrique González Dueñas. 23 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.