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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267036
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 107
MULTAS NO FISCALES, GARANTIA DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 107
Si no se está en presencia de una sanción que tenga el carácter de fiscal, la misma no puede ser garantizada en los términos en que lo dispone el Código Fiscal de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 5662/60. I. C. Tacea y Compañía, S. A. 23 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.