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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 128
REVERSION, RECURSO DE. LEYES DE EXPROPIACION. ACTOS DERIVADOS DE OTROS CONSENTIDOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Tercera Parte; Pág. 128
Debe reconocerse que un propietario aceptó la existencia legal de un decreto de expropiación, si solicitó la reversión, puesto que ésta, de acuerdo con el artículo 9o. de la Ley de Expropiación, no es otra cosa que la devolución del bien expropiado por no haber sido destinado, dentro del término de cinco años, al fin que motivó la declaratoria de expropiación. Así, para poder hacer la petición de reversión del predio, tuvo el quejoso que someterse al decreto expropiatorio, o sea que lo consintió, y siendo esto así, debe sobreseerse el amparo solicitado contra dicho decreto.
Precedentes
Amparo en revisión 1671/60. Ambrosio Guerrero Gastélum. 15 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.