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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Tercera Parte; Pág. 11
AGRAVIOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Tercera Parte; Pág. 11
Si del examen de los agravios hechos valer, se advierte que no guardan la necesaria relación con los fundamentos concluyentes del fallo recurrido, ello basta para estimarlo firme, puesto que no existe precepto legal que autorice su tratamiento sin agravio preciso de la parte interesada.
Precedentes
Revisión fiscal 199/60. Asociación Automovilística y Asociación de Transportes Automovilísticos Mixtos, A. C. 14 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.