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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Tercera Parte; Pág. 71
INGRESOS MERCANTILES. IMPUESTO SOBRE. LAS SUCURSALES NO TIENEN OBLIGACION DE LLEVAR LIBROS DE EGRESOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Tercera Parte; Pág. 71
El artículo 46, fracción VI, último párrafo, de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, sólo impone la obligación de llevar en las sucursales el control de los ingresos, pero no el de los egresos, que son controlados por la casa matriz; y no es aplicable la fracción IX del referido artículo 46, que se refiere a la obligación que tienen los causantes de recibir las visitas de investigación y de proporcionar los datos, informes y documentos que se les soliciten, pero que no impone la obligación de llevar control de los egresos.
Precedentes
Revisión fiscal 453/61. "Distribuidora San Juan", S. A. 14 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.