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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Tercera Parte; Pág. 9
ACTUARIOS EN EL PROCESO FISCAL, ATRIBUCIONES DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Tercera Parte; Pág. 9
Si en un juicio fiscal el C. Actuario de la Sala sentenciadora, asentó que "todo lo cual se refiere a los bienes que existen en una negociación puede tener el valor señalado por la actora, para el renglón contable "Activo Fijo", de la negociación", tal apreciación carece de relevancia jurídica porque el citado actuario únicamente debió constreñirse a dar fe objetivamente de los bienes que existen en la referida negociación, sin emitir consideraciones de esa índole, que están reservadas al juzgador.
Precedentes
Revisión fiscal 412/61. Enrique José Gómez. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.