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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267143
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Tercera Parte; Pág. 54
TITULOS PROFESIONALES, LA NEGATIVA DE INSCRIBIRLOS, NO IMPONE EL EJERCICIO DE OTRAS ACTIVIDADES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Tercera Parte; Pág. 54
La negativa de la Dirección General de Profesiones para registrar el título de un quejoso, solamente puede impedirle a éste ejercer actividades para las que tal título se requiere. Más no significa que, como efecto ineludible, le imponga sin su consentimiento, otra clase determinada de trabajo distinto a aquél, ya que no lo resuelve de esta manera y, por tanto, queda al libre albedrío del propio quejoso elegir cualquiera otra clase de actividades o abstenerse de desempeñar alguna.
Precedentes
Amparo en revisión 5076/53. José María Villarreal y de Hoyos. 17 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.