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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
267144
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIV, Tercera Parte; Pág. 9

AMPARO CONTRA LEYES. TERMINO PARA LA INTERPOSICION DE LA DEMANDA. ARTICULO 73, FRACCION XII, DE LA LEY.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIV, Tercera Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo en revisión 4721/957/1a. Eduwiges Quezada Torres y coagraviados. 6 de diciembre de 1961. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 267144