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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267165
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIV, Tercera Parte; Pág. 44
HABILITACION Y AVIO, DERECHOS DE INSCRIPCION DE LOS CONTRATOS DE.
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIV, Tercera Parte; Pág. 44
Aunque el artículo 157 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares permite a las autoridades locales que fijen y cobren derechos o impuestos a las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito por los servicios públicos que presten y para que desarrollen la actividad necesaria al respecto, esa fijación y cobro debe ajustarse a lo que previene dicho artículo. Por lo mismo, si se rebasan esas normas, se contrarían o hay oposición, debe prevalecer lo que en el precepto se establece, y, en consecuencia, como el cobro de los derechos fijados para inscribir el contrato de que se trata, se pretende basarlo en la fracción XVII del artículo 694 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, cuando en realidad es aplicable la fracción XV, resultan ilegales esa cotización y el cobro respectivo, desde el momento que la primera de las fracciones mencionada está en contradicción con el artículo 157 citado y no así la segunda; debiendo prevalecer lo establecido en este precepto, ya que se trata de una ley federal que constriñe las facultades locales en esta materia.
Precedentes
Volumen XXXVII, Tercera Parte, página 87. Revisión Fiscal 485/59. Banco de Comercio, S. A. 28 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Volumen XXXIX, Tercera Parte, página 53. Amparo en revisión 1435/60. Banco de Comercio, S. A. 7 de septiembre de 1960 Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Volumen XLVII, Tercera Parte, página 30. Amparo en revisión 8293/60. Banco de Comercio, S. A. 7 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Volumen XLVII, Tercera Parte, página 31. Amparo en revisión 5987/60. Banco de Comercio, S. A. 8 de mayo de 1961. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos
Volumen LIV, Tercera Parte, página 15. Revisión fiscal 383/61. Banco de Comercio, S. A. 6 de diciembre de 1961. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.