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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
267198
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Tercera Parte; Pág. 45

INFORME JUSTIFICADO. NO ES DABLE RECTIFICAR SUS FUNDAMENTOS EN LOS AGRAVIOS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Tercera Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión 3175/61. María de Jesús R. de Pastrana. 9 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Registro digital (IUS): 267198