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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Tercera Parte; Pág. 107
TIERRAS, DOTACION DE. INTERES JURIDICO DE LOS PROPIETARIOS PRESUNTOS AFECTADOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Tercera Parte; Pág. 107
Si en un caso de dotación para la formación de un nuevo centro de población agrícola el secretario general de asuntos agrarios ya envió al presidente de la Comisión Agraria Mixta, para los efectos del artículo 275 del Código Agrario, el dictamen en cuestión y el plano proyecto de localización, y ésta ha sido ya realizada sin que se hayan dado a conocer a los propietarios presuntos afectados los referidos dictamen y plano, se configura, de inmediato y aunque aun no exista resolución definitiva, la afectación a los intereses jurídicos de dichos propietarios, puesto que el mencionado artículo 275 les otorga el derecho a conocer los estudios y proyectos de que se viene hablando, en el momento mismo en que estos sean enviados al Ejecutivo local y a la Comisión Agraria Mixta respectiva. Además, tal omisión es particularmente violatoria de la garantía de audiencia consagrada por el artículo 14 constitucional, puesto que la falta de cumplimiento del mencionado artículo 275 priva a los propietarios de la oportunidad de hacer valer las defensas que estimen convenientes.
Precedentes
Amparo en revisión 1460/61. Alicia M. de Millán. 15 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.