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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Tercera Parte; Pág. 171
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, DESOBEDIENCIA DE LA JURISPRUDENCIA DEL MISMO POR UNA DE SUS SALAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Tercera Parte; Pág. 171
La desobediencia de la jurisprudencia del Tribunal Fiscal por una de sus Salas, es reparable mediante el recurso que establece el artículo 156 del Código Fiscal de la Federación; así que todo lo que al respecto se argumente en el recurso de revisión fiscal resulta inoperante por existir un medio de defensa por el cual se puede subsanar la citada desobediencia.
Precedentes
Revisión fiscal 293/61. Yolanda Hernández de Colon. 9 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.