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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Tercera Parte; Pág. 11
AGUAS. ALMACENAMIENTO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Tercera Parte; Pág. 11
Teniendo una persona la posesión respecto de una parte de las aguas que se almacenan en determinado bordo, no puede ser privado de ese mismo derecho sino mediante una orden de autoridad competente, que funde y motive legalmente la privación del uso de las referidas aguas, y después de tramitarse un procedimiento en que el propio quejoso sea oído.
Precedentes
Amparo en revisión 2104/61. Juan Bosco García de Acevedo. 27 de septiembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.