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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267373
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Tercera Parte; Pág. 10
ACTOS DE AUTORIDADES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Tercera Parte; Pág. 10
Cuando la autoridad se abstiene de ejercitar su soberanía, su poder de mando o su facultad de imperio, y se sitúa al mismo nivel que los particulares, sin hacer uso de sus privilegios, sus actos pueden considerarse actos de particulares, y contra los mismos no procede el juicio de amparo; pero sí procede cuando los actos que se reclaman pretenden tener como único fundamento, la voluntad o el capricho de la autoridad, ya que no citan disposición legal alguna, ni manifiestan realizar dichos actos por mandamiento de la autoridad judicial.
Precedentes
Amparo en revisión 4339/58. Luis Betancourt Belmont (sucesión). 23 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.