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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Tercera Parte; Pág. 9
ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Tercera Parte; Pág. 9
Si los actos reclamados de la autoridad no fueron precedidos de orden escrita, motivada y fundada, ni existió algún procedimiento en que se diera al interesado la oportunidad de defenderse, no puede alegarse que éste debió agotar una defensa ordinaria contra una resolución cuya existencia desconoce.
Precedentes
Amparo en revisión 3677/60. Faustino Castro Formoso. 21 de julio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.