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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267477
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Tercera Parte; Pág. 35
FIANZAS OTORGADAS POR UN AÑO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Tercera Parte; Pág. 35
Tratándose de fianzas otorgadas por un año, el requerimiento administrativo de pago debe considerarse válido si se reclama su improcedencia porque la fianza se encontraba vencida en el momento en que se requirió a la afianzadora presentar al fiado, ya que el no recurrir el auto respectivo en la esfera penal, lo consintió, consintiendo asimismo el acto de él derivado, o sea el requerimiento administrativo.
Precedentes
Revisión fiscal 27/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 9 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.