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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267486
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Tercera Parte; Pág. 53
REVISION EN MATERIA FISCAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Tercera Parte; Pág. 53
Para que prospere el recurso de revisión es necesario, entre otros requisitos, que se objeten todos y cada uno de los fundamentos y razones del fallo recurrido, pues, de no ser así, es innecesario estudiar los agravios, ya que, en la hipótesis de que éstos fueran fundados, la sentencia seguirá apoyándose en la consideración no controvertida, que no puede ser revisada de oficio.
Precedentes
Revisión fiscal 404/60. Aragón S. A. 23 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.