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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Tercera Parte; Pág. 25
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Tercera Parte; Pág. 25
Si la declaratoria de incompetencia es hecha en la audiencia constitucional, y contra el informe negativo de las autoridades responsables residentes dentro del territorio jurisdiccional del Juez que hizo dicha declaratoria, no se rinde prueba en contrario por el agraviado, debe inferirse que dentro del tal territorio no tratan de ejecutarse los actos reclamados porque no se probó su existencia.
Precedentes
Competencia 154/60. Cervezas Cuauhtémoc de Nuevo Laredo, S. A. 27 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.