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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Tercera Parte; Pág. 69
MIELES INCRISTALIZABLES. EL IMPUESTO GRAVITA SOBRE EL RENDIMIENTO REAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Tercera Parte; Pág. 69
Si existe bajo rendimiento real de ellas, y ese bajo rendimiento es reconocido como verdadero, inclusive en los mandamientos de cobro combatidos por la quejosa en su correspondiente demanda de nulidad y que, en último análisis, descansan en las correspondientes notas de inspección, es claro que no puede la sentencia en recurso, con validez legal, argüir que tan bajo rendimiento no aparece que se haya demostrado a satisfacción de la Junta Técnica Calificadora de Alcoholes y con base en esto negarle a la quejosa el amparo de la Justicia Federal, dado que el cobro del impuesto concerniente no puede gravitar sino sobre rendimiento real, aunque sea bajo, si lo consideró cierto la autoridad exactora.
Precedentes
Amparo en revisión 303/55. Compañía Azucarera Santa Inés, S. A. 5 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.