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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Tercera Parte; Pág. 85
RECURSOS ORDINARIOS, OBLIGACION DE ACUDIR A ELLOS CUANDO SE COMBATE EL ACTO Y NO LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Tercera Parte; Pág. 85
Si al ocurrir el primer acto de aplicación de una ley, la quejosa se limitó a reclamar ese acto, sin combatir dicha ley, es evidente que subsiste la obligación de agotar los recursos ordinarios establecidos en la ley del acto, cuando no se reclama principalmente la inconstitucionalidad de esa ley.
Precedentes
Amparo en revisión 1763/58. "Panamericana de Discos", S. A. 5 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.