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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 105
INGRESOS MERCANTILES. DOCUMENTACION CONEXA A LOS ASIENTOS DE CONTABILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 105
La Secretaría de Hacienda y la Tesorería del Distrito Federal no tienen razón para sostener que es necesaria la expedición de notas de remisión por las ventas diarias que efectúen los causantes del impuesto sobre ingresos mercantiles, ya que este medio de control de las operaciones de que se trata no está expresamente previsto en la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, la cual no exige que se lleve la contabilidad de las negociaciones en una forma determinada, por lo que deja en libertad a los causantes para que adopten la forma técnica que mejor les parezca, ya que lo único que deben cuidar es que exista documentación conexa que apoye los asientos. Como en el caso a estudio de los mencionados asientos de los libros de contabilidad estaban respaldados por el sistema de pólizas y de tiras de caja registradora, es claro que, como lo dijeron los peritos, el inspector fiscal tuvo a su alcance todos los datos necesarios para conocer los ingresos gravables de la quejosa.
Precedentes
Revisión fiscal 258/60. Reyna Cristina, S. A. 6 de marzo de 1961. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.