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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 124
MARCAS, EXTINCION POR FALTA DE USO, OPERA A PESAR DE CESION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 124
Si se comprueba que una negociación presentó ante la Dirección General de la Propiedad Industrial hasta determinado día, la solicitud para que se registrara la transmisión hecha en su favor por otra empresa, de los derechos relativos a determinada marca, derechos que en tal fecha ya no existían, en virtud de que la resolución reclamada es de fecha anterior a la solicitud para el registro de la transmisión; y si se comprueba, también, que la misma Dirección General de la Propiedad Industrial había declarado extinguida, por no uso, la marca de que se trata, referente a productos de café, no sería obstáculo para esa inexistencia que el contrato de la mencionada transmisión pudiera ser de fecha anterior a la declaratoria de extinción de la marca, toda vez que tal declaratoria no puede resultar afectada por una transmisión de los derechos marcarios concernientes, que la quejosa o su causante no pusieron en conocimiento de la Dirección General de la Propiedad Industrial dentro del procedimiento relativo a tal declaratoria de extinción de la expresada marca.
Precedentes
Amparo en revisión 7551/60. Café Titán, S. A. 13 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.