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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 124
MINAS. PRUEBA PERICIAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 124
La prueba pericial de inspección no sólo es admisible en el juicio de oposición, a una concesión, sino necesaria, ya que si bien es verdad que el problema a resolver (el de si tal resolución es o no correcta, atendiendo a que un terreno relativo a una solicitud no era libre por corresponder a una concesión amparada con el título respectivo) es de carácter legal, también lo es que para su esclarecimiento y solución hace falta determinar si el terreno que se afirma que no es libre es o no el mismo terreno correspondiente a la citada solicitud, cuestión ésta de tipo eminentemente técnico para cuyo esclarecimiento se requieren los conocimientos de un perito en la materia. Es decir, para estar en aptitud de calificar la legalidad de una resolución, hace falta establecer previamente, con datos que no proporciona el derecho sino la técnica, si el terreno a que se contraen los quejosos en su solicitud es o no el mismo a que se refiere otro terreno titulado, pues en caso afirmativo, se estará en presencia de un terreno no libre que, por consiguiente, no pudo concesionarse para su explotación a los quejosos, en tanto que, si no existe identidad por tratarse de terrenos diferentes, la resolución reclamada no se justificará en cuanto afirma que se trata del mismo terreno.
Precedentes
Amparo en revisión 7367/59. Fábrica de Ladrillos Industriales y Refractarios Harbison Walkel Flir, S. A. y coagraviados. 8 de marzo de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.