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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267597
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 140
PLANIFICACION. PROCEDIMIENTO DE EJECUCION. AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 140
Si el acto reclamado es el procedimiento de ejecución y no la resolución que fije el impuesto de planificación, es procedente el juicio de amparo, sin que previamente tenga que agotarse el recurso de inconformidad que como medio de impugnación de "las resoluciones que fijen el impuesto de planificación", establece el artículo 398 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo en revisión 2289/60. Edificios Comerciales, S. A. 23 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.