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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 158
TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL. ACTOS ATRIBUIDOS A LA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Tercera Parte; Pág. 158
Si se toma en consideración que la Tesorería del Distrito Federal desempeña sus funciones administrativas al través de sus diversas dependencias, los actos que estas llevan al cabo, sobre todo cuando tales actos son ilegales, no necesariamente resultan atribuibles al titular de dicha tesorería, pues las mencionadas dependencias están en aptitud de obrar en forma autónoma. En consecuencia, es un error pretender que los actos que se atribuyen al tesorero del Distrito Federal son ciertos por el simple hecho de serlo los atribuídos a sus subalternos. Si el citado tesorero niega, sin prueba en contrario, que existen los actos a él imputados, y si dichos actos son específicamente atribuibles a una dependencia de la propia tesorería, como es la Dirección General de Rezagos y Ejecución, es el titular de esta quien debe responder por ellos.
Precedentes
Amparo en revisión 2289/60. Edificios Comerciales, S. A. 23 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.