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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Tercera Parte; Pág. 9
AGUAS ENVASADAS. BONIFICACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Tercera Parte; Pág. 9
Los productores de aguas envasadas, sólo después de haber actuado en la forma y términos que establece el artículo 25 de la Ley del Impuesto a la Producción de Aguas Envasadas, tienen derecho a la bonificación del gravamen, cuando el C. Presidente de la República la hubiera concedido, mediante la facultad que le otorga el precepto citado.
Precedentes
Revisión fiscal 387/58. Embotelladora Barrera, S. A. 26 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XXIV, Tercera Parte página 39, de rubro "AGUAS ENVASADAS. BONIFICACIONES.".