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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Tercera Parte; Pág. 21
COMISARIADOS EJIDALES. SU REPRESENTACION Y SU PERSONALIDAD AL OCURRIR EN QUEJA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Tercera Parte; Pág. 21
Para los efectos del recurso de queja es un presupuesto necesario e indispensable al examen de la cuestión de personalidad. Si el recurso de queja ha sido motivado por el diverso recurso de queja que a su vez intentaron a nombre de un comisariado ejidal ante el Juez a quo, si este recurso debe estimarse improcedente aquél propio recurso de queja debe declararse sin materia; sin que sea necesario analizar la cuestión relativa a la oportunidad de este recurso ni los agravios que al efecto se hicieron valer.
Precedentes
Queja 205/59. Graciela María Galván Amador. 30 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.