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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267701
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Tercera Parte; Pág. 11
ARBITRIO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Tercera Parte; Pág. 11
El uso del arbitrio sólo es legítimo cuando el funcionario que goza de él se apoya en datos objetivos y, partiendo de tales datos, razona las conclusiones a que llega en ejercicio del mismo arbitrio, y que en el juicio de amparo puede controlarse el uso de las facultades discrecionales, cuando éstas se ejercitan en forma arbitraria y caprichosa, la decisión de la autoridad no invoca las circunstancias de hecho, las mismas son alteradas, o el razonamiento en que la resolución se apoya es ilógico.
Precedentes
Amparo en revisión. 2922/55. Electrolux, S. A. de C. V. 9 de noviembre de 1960. Cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XXXIV, página 22. Amparo en revisión 7887/58. Tamm and Cía. S. A. 6 de abril de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXIX, página 15. Amparo en revisión 56/59. Tamm and Cía. S. A. 25 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXVIII, página 15. Amparo en revisión 694/58. Nicholas Propietary Limited. 29 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXIV, página 9. Amparo en revisión 4290/57. U. S. Rubber Mexicana, S. A. 3 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen XXVII, página 10. Amparo en revisión 1251/55. The Coca Cola Company. 3 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 70, página 49, bajo el rubro "FACULTADES DISCRECIONALES. APRECIACION DEL USO INDEBIDO DE ELLAS EN EL JUICIO DE AMPARO.".
Nota:
En el Volumen XXIV, página 9, esta tesis aparece bajo el rubro "ARBITRIO, USO DEL.".
En los Volúmenes XXVII, XXVIII Y XXIX, páginas 10 y 15, respectivamente, esta tesis aparece bajo el rubro: "ARBITRIO, FACULTADES DISCRECIONALES.".