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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Tercera Parte; Pág. 30
EJIDOS Y PEQUEÑA PROPIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Tercera Parte; Pág. 30
La Constitución Federal establece la creación de los ejidos y la protección de la pequeña propiedad como base de la economía nacional, pero de ninguna manera establece el derecho absoluto del presidente de la República para proceder como mejor le parezca en materia agraria. Lo que la Constitución establece es la facultad del presidente de la República de dictar en segunda instancia resoluciones en los procedimientos agrarios para dotar de ejidos a las comunidades, pero siempre con la restricción de que en toda resolución afectatoria se respete la pequeña propiedad; tanto es así, que la propia Constitución establece también el derecho que tiene todo propietario y poseedor de una pequeña propiedad de interponer el juicio de amparo aun en contra del mismo presidente de la República, cuando sus resoluciones afecten la pequeña propiedad amparada con un certificado de inafectabilidad, y aun cuando carezca de éste, si el quejoso es un tercero extraño a dicho procedimiento agrario, ya que las garantías consagradas por los artículos 14 y 16 constitucionales, no están prescritas para aquel que sufre algún perjuicio en su propiedad agraria, sin haber sido oído ni vencido en juicio.
Precedentes
Amparo en revisión 4387/60. Ricardo Tinajero Naranjo y coagraviado. 27 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XXXVIII, página 25. Amparo en revisión 2939/58. Agustín Cardona Arias. 26 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.