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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Tercera Parte; Pág. 61
PERITOS TERCEROS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Tercera Parte; Pág. 61
Si el dictamen rendido por un perito tercero en discordia adoleciera de defectos, si no se demuestra que dicho dictamen contenga datos o elementos falsos que implicaran su invalidez, no existe base alguna para considerar que la Sala a quo hubiera hecho una valoración equivocada o ilegal de dicho dictamen.
Precedentes
Revisión fiscal 72/60. Praxedis W. Caballero. 5 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.