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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Tercera Parte; Pág. 11
AGRAVIOS INOPERANTES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Tercera Parte; Pág. 11
Si la demostración de que los propuestos no refutan debidamente los fundamentos del desechamiento de la solicitud del sobreseimiento recurrido y el hecho de que no se haya impugnado el estudio del fondo el asunto, obligan a confirmar el punto resolutivo referente al primero de dichos problemas y tener como firme el otorgamiento del amparo, no impugnado.
Precedentes
Amparo en revisión 3099/60. Auto Transportes de Carga "León México", S. C. L. 7 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.